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Código y denominación
3959 - Programa de Colegios Bilingües en los centros docentes de Educación Infantil y Primaria de la Región de Murcia
Objeto
Regular la enseñanza bilingüe español-inglés en colegios públicos y privados concertados de Educación Infantil y Primaria y el Programa Colegios Bilingües Región de Murcia.
Destinatarios
Colegios públicos y privados concertados de Educación Infantil y Primaria de la Región de Murcia.
Requisitos
1. Que pertenezcan al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
2. Contar con profesorado en posesión de la titulación de diplomatura en Magisterio, especialidad Lengua Extranjera: Inglés o licenciatura en Filología Inglesa o, en su caso, profesorado habilitado para desempeñar puestos de trabajo en el área de Lengua Extranjera: Inglés.
El resto del profesorado que desee participar en el Programa, deberá poseer el nivel B2 de competencia comunicativa indicado en el Marco Común Europeo de Referencia, que podrá ser acreditado por una Escuela Oficial de Idiomas o cualquier otra institución de reconocimiento oficial en el espacio europeo.
Los maestros que posean la habilitación en la especialidad de idioma extranjero: inglés dispondrán de un plazo de hasta dos años desde el momento de la concesión del Programa para adquirir el nivel B2.
3. Además de estar en posesión de las titulaciones indicadas en el apartado anterior, es obligatorio para la participación en el Programa, en el caso de colegios de Educación Infantil y Primaria, ser funcionario de carrera con destino definitivo en el centro solicitante y, sin menoscabo de sus derechos como funcionario, no participar en el concurso de trasladados durante, al menos, dos cursos escolares.
En centros privados concertados, el profesorado participante deberá estar en calidad de contratado con carácter indefinido, ser cooperativista, titular o socio.
4. Los centros participantes deberán contar con la aprobación en el Claustro de Profesores y en el Consejo Escolar.
5. Se deberán asumir los siguientes compromisos de los centros, profesores y coordinadores:
a) Centros:
- Participar y llevar a cabo el Plan de Actualización del profesorado diseñado por esta Consejería para el desarrollo del Programa.
- Participar y colaborar en el desarrollo de los procesos de evaluación dirigidos a los centros y al alumnado que se determine.
- Proponer como candidatos para la coordinación del Programa en el centro a maestros funcionarios de carrera con destino definitivo en centros públicos y maestros con contrato indefinido, cooperativistas, titulares y socios en centros privados concertados, que estén en posesión de la titulación requerida, para proceder a su designación por la Dirección General competente.
- Realizar, cada curso escolar, un proyecto inicial en la que se indicará el número de maestros que imparten enseñanzas bilingües en el centro, los objetivos propuestos, las actividades más destacables para el año académico y el número de alumnos que se beneficiará del Programa.
Dicho proyecto deberá quedar recogido en la Programación General Anual del centro.
Asimismo, cada mes de junio, deberán elaborar una memoria final que sirva como herramienta de reflexión y evaluación interna del centro sobre el proceso de implantación del programa Colegio Bilingüe.
- Concretar el Programa Colegio Bilingüe en la Programación Docente en un período de dos años a partir del mes de septiembre del curso escolar en el que se haya iniciado la implementación e incluirlo en el Proyecto Educativo de Centro, donde se definirán las medidas de apoyo ordinarias para atender a los diversos niveles lingüísticos en el aula.
- Con el objetivo de garantizar la calidad de la enseñanza AICLE (Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lengua) en el centro, los alumnos se someterán a una prueba externa que determinará el nivel adquirido, al menos, al finalizar la etapa de Educación Primaria.
b) El profesorado participante asumirá las siguientes tareas:
- Adaptar el currículo de su área incorporando aspectos lingüísticos, culturales, sociales y educativos relativos a países de habla inglesa.
- Elaborar los materiales didácticos necesarios en coordinación con el resto del profesorado, especialmente el de la lengua extranjera objeto del Programa y, en su caso, con el auxiliar de conversación.
- Impartir la docencia directa en lengua inglesa a los grupos de alumnos en los que se implante el Programa Colegios Bilingües Región de Murcia durante al menos dos cursos escolares.
c) El coordinador del programa desempeñará las siguientes tareas:
- Coordinar las actividades del profesorado participante.
- Coordinar la elaboración del Programa Colegios Bilingües Región de Murcia y su concreción en las programaciones docentes.
- Coordinar las reuniones del equipo docente del Programa Colegios Bilingües Región de Murcia con el objeto de adoptar el currículo integrado de las lenguas y las áreas no lingüísticas.
- Establecer, en coordinación con el Jefe de Estudios del centro, el horario de los auxiliares de conversación, quienes deberán apoyar la labor del profesorado directamente involucrado en el Programa.
- Establecer la interlocución con los demás centros bilingües así como con los responsables del Programa Colegios Bilingües Región de Murcia.
- Coordinar las distintas acciones que se desarrollen en el centro en relación con su participación en el Programa.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
1. Solicitud de participación. (Anexo I).
2. Compromisos asumidos. (Anexo II).
3. Información relativa a la experiencia educativa y a los recursos personales con los que cuenta el centro para facilitar la enseñanza y el aprendizaje de la lengua inglesa. (Anexo III).
4. Aprobación del Consejo Escolar del centro. (Anexo IV).
5. Aprobación del Claustro de Profesores del centro. (Anexo V).
6. Solicitud individual del profesorado para la participación en los cursos de formación. (Anexo VI).
7. Solicitud individual del profesorado candidato a la coordinación del Programa en el centro. (Anexo VII).
8. Relación de maestros funcionarios con destino definitivo en centros públicos y maestros con contrato indefinido, cooperativistas, titulares y socios en centros privados concertados, con la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, que el colegio propone como candidatos para actuar como Coordinador del Programa en el centro. (Anexo VIII).
9. Currículum Vítae según modelo europeo del profesorado que desee participar en el Programa. (Anexo IX).
10. Fotocopia compulsada del título universitario acreditativo según lo establecido en el punto 2 del artículo 3 de la presente Orden.
11. Fotocopia compulsada del certificado que acredite el nivel B2 de inglés del Marco Común Europeo de Referencia, expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o cualquier otra institución de reconocimiento oficial en el espacio europeo.
12. Proyecto en el que se expongan los siguientes contenidos. (Máximo 4 folios en letra Arial 12, interlineado sencillo y márgenes de 2 centímetros):
a. Contexto educativo y motivos por los que el centro desea participar en la experiencia.
b. Objetivos que se pretenden alcanzar.
c. Opinión de la comunidad educativa sobre la implantación del Programa Colegios Bilingües en el centro.
d. Estrategias para desarrollar el Programa Colegio Bilingüe en el primer ciclo, incluidas las actuaciones previstas con el auxiliar de conversación y cómo afectará al desarrollo de las competencias básicas.
e. Aspectos del Programa que contribuirán al desarrollo de una identidad europea, multicultural y plurilingüe en la comunidad educativa del centro.
f. Propuesta de medidas ordinarias para atender a los diversos niveles lingüísticos en el aula.
g. Evaluación de la experiencia.
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Fecha publicación: 9.11.2011
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